30Ago-2029
SUSTANCIAS CONTENIDAS EN MEZCLAS DE USO NO INDUSTRIAL
Según el Decreto Supremo N° 57/2019, la notificación de sustancias contenidas en mezclas de uso no industrial debe realizarse entre el 9 de febrero y el 30 de agosto de 2029. Este proceso es parte de la implementación gradual del SGA en Chile, que busca mejorar la gestión de sustancias químicas peligrosas en el país .
Deben notificarse las sustancias peligrosas contenidas en mezclas de uso no industrial que:
- Hayan sido fabricadas o importadas en los años 2027 y/o 2028.
- Se encuentren en cantidades superiores a 1 tonelada por año.
- Representen un peligro para la salud humana o el medio ambiente, según los criterios establecidos en el Decreto .